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Documento BORME-C-2025-5914

ABAST SYSTEMS & SOLUTIONS, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 212, páginas 7242 a 7246 (5 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2025-5914

TEXTO

La Administradora Única de la sociedad Abast Systems & Solutions, S.L. (en adelante, referida como la «Sociedad»), ha decidido convocar la Junta General Extraordinaria de Socios de la Sociedad, que tendrá lugar el día 9 de diciembre de 2025, a las 12:00 horas en el domicilio social de la Sociedad, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación del Proyecto Común de Fusión por Absorción suscrito en fecha de 30/06/2025 por los respectivos órganos de administración de Abast Systems & Solutions, S.L. (Sociedad Absorbente) y AbastSPI, S.A. Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida).

Segundo.- Aprobación, como Balance de Fusión, del balance de situación de la Sociedad cerrado a 31/12/2024.

Tercero.- Aprobación de la Fusión por Absorción de Abast Systems & Solutions, S.L., como sociedad absorbente, y AbastSPI, S.A. Sociedad Unipersonal, como sociedad Absorbida, de conformidad con las disposiciones del Proyecto Común de Fusión por Absorción suscrito en fecha de 30/06/2025, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 08/07/2025 y en el Registro Mercantil de Madrid el 14/07/2025.

Cuarto.- Acogimiento al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII del Texto Refundido de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, de Impuesto sobre Sociedades.

Quinto.- Aumento de capital de la Sociedad derivado de la Fusión. Consecuente modificación del Artículo 6º de los Estatutos Sociales.

Sexto.- Delegación de facultades para la elevación a público de los acuerdos adoptados por la Junta General.

Séptimo.- Ruegos y preguntas.

Octavo.- Redacción, lectura y aprobación, si procede, del Acta de la Junta y, en su defecto, nombramiento de interventores para la firma de la misma.

Con fecha de 30 de junio de 2025, los órganos de administración de la Sociedad Absorbente, Abast Systems & Solutions, S.L., y la Sociedad Absorbida, AbastSPI, S.A. Sociedad Unipersonal, formularon y suscribieron el Proyecto Común de Fusión por Absorción en virtud del cual (Sociedad Absorbida) se integra en Abast Systems & Solutions, S.L. (Sociedad Absorbente) mediante la transmisión en bloque de su patrimonio produciéndose su extinción sin liquidación (la «Fusión»). El Proyecto Común de Fusión, así como el Anuncio que informa a socios, acreedores y representantes de trabajadores de la Sociedad, o, en su defecto, a trabajadores, de que pueden presentar a la Sociedad, a más tardar cinco días laborables antes de la fecha de la Junta General, observaciones sobre el Proyecto, han sido debidamente depositados en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha de 8 de julio de 2025 y el Registro Mercantil de Madrid con fecha de 14 de julio de 2025, siendo publicados tales depósitos en el BORME de Barcelona en fecha de 15 de julio de 2025 y en el BORME de Madrid en fecha de 21 de julio de 2025. Derecho de información De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.6, 46 y 47.2 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea («RDL 5/2023») que, al no tener la Sociedad página web corporativa, se hace constar el derecho que les corresponde a todos los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores a examinar en el domicilio social copia de los documentos señalados a continuación, así como a obtener la entrega o el envío gratuitos de los mismos por medios electrónicos: 1. Proyecto Común de Fusión por Absorción y Anuncio. 2. El Informe común de los órganos de administración relativo a la Fusión. 3. El Informe de experto sobre el Proyecto Común de Fusión. 4. Las Cuentas Anuales y los Informes de Gestión de los tres últimos ejercicios (2024, 2023 y 2022), así como los correspondientes informes de auditoría. 5. El Balance de Fusión de cada una de las sociedades implicadas en la Fusión. 6. Los Estatutos Sociales vigentes de la sociedad que participan en la Fusión, incluyendo la propuesta de modificación de estatutos como consecuencia de la Fusión relativa al aumento de capital social. 7. El texto íntegro de los Estatutos Sociales de la Sociedad Absorbente; incluyendo las modificaciones a introducirse. 8. La identidad de los administradores de las sociedades que participan en la Fusión, la fecha desde la que desempeñan sus cargos y, en su caso, las mismas indicaciones de quienes vayan a ser propuestos como administradores como consecuencia de la Fusión. De conformidad, también, con lo dispuesto en el artículo 47.2 del RDL 5/2023, se exponen a continuación las menciones mínimas del Proyecto Común de Fusión legalmente exigidas: 1. Forma jurídica, razón social y domicilio de las sociedades que participan en la Fusión, así como los datos identificadores de su inscripción en el Registro Mercantil. Sociedad resultante de la Fusión. (a) Abast Systems & Solutions, S.L. (Sociedad Absorbente). Sociedad de responsabilidad limitada española, con domicilio social en 08029 – Barcelona (Barcelona), Calle Ecuador, 39 – 45 y provista con NIF número B59104612; inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo IRUS 1000323158665, Folio 0, Hoja B-73.607. (b) AbastSPI, S.A. Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida). Sociedad anónima española, con domicilio social en 28020 – Madrid (Madrid), Calle Basílica, 19, 9º B, y provista de NIF A48109144; inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 11.582, Folio 108, Hoja M-181.884. La sociedad resultante de la Fusión será la Sociedad Absorbente, esto es, la mercantil Abast Systems & Solution, S.L. 2. Modificación estructural proyectada, calendario indicativo de la operación y fecha de la Fusión. La modificación estructural proyectada es una fusión por absorción en virtud de la cual AbastSPI, S.A. Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida) será absorbida íntegramente por Abast Systems & Solutions, S.L. (Sociedad Absorbente). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.2º del RD 5/2023, el calendario indicativo de la Fusión es el siguiente: - Mayo 2025: Solicitud de experto independiente al Registro Mercantil para elaboración de Informe. - Junio 2025: Formulación del Proyecto Común de Fusión. - Julio 2025: Depósito del Proyecto Común de Fusión, Informe de expertos y Anuncio en el Registro Mercantil; - Octubre / noviembre 2025: Convocatoria de Junta General; Comunicación a empleados / representantes de los trabajadores de ambas Sociedades. - Diciembre 2025: Aprobación de la Fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbente y por la Accionista Única de la Sociedad Absorbida; Publicidad del acuerdo de Fusión; Formalización ante notario de la Fusión; Solicitud de inscripción de la Fusión en el Registro Mercantil; Inscripción de la Fusión en el Registro Mercantil; - Enero 2026: Comunicación a terceros de la Fusión; Comunicación a la Agencia Tributaria de la Fusión. Se entenderá como fecha de Fusión la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil. 3. Tipo y procedimiento de canje. Compensación económica complementaria. El tipo de canje establecido en el marco de la fusión por absorción entre Abast Systems & Solutions, S.L.. Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbente) y AbastSPI, S.A. (Sociedad Absorbida) se ha determinado conforme al valor razonable del patrimonio neto de ambas sociedades, de acuerdo con el artículo 36.1 del RDL 5/2023. Así, por cada acción de AbastSPI, S.A., Sociedad Unipersonal de 1,00€ de valor nominal, se entregarán 0,001967 participaciones sociales de Abast Systems & Solutions, S.L, con valor nominal de 60,10121€. No se prevé compensación complementaria en dinero (art. 36 RDL 5/2023). Para atender este canje, la Sociedad Absorbente ampliará su capital social en 7.152,04€, mediante la emisión de 119 nuevas participaciones sociales, que serán adjudicadas al accionista único de la Sociedad Absorbida. El señalado tipo y procedimiento de canje ha sido verificado y ratificado por un experto independiente cuyo Informe ha sido depositado en el Registro Mercantil. 4. Incidencia sobre las aportaciones de industria o prestaciones accesorias de la sociedad que se extingue y compensaciones que vayan a otorgarse. No existen en las Sociedades intervinientes prestaciones accesorias o aportaciones de industria por parte de los socios. Por tanto, tampoco van a otorgarse compensaciones. 5. Derechos que vayan a conferirse por la sociedad resultante a los socios que gocen de derechos especiales o a los tenedores de valores o títulos que no sean acciones, participaciones o, en su caso, cuotas o las medidas propuestas que le afecten. No existen en las Sociedades intervinientes titulares de derechos especiales, ni tenedores de valores o títulos distintos de los representativos del capital social, por lo que no procede el otorgamiento de ningún derecho especial. 6. Implicaciones de la operación para los acreedores y, en su caso, toda garantía personal o real que se les ofrezca. Como consecuencia de la Fusión, la Sociedad Absorbente se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, lo que implica un cambio de deudor para los acreedores de esta última. Los administradores de la Sociedad Absorbente aseguran su solvencia para cumplir con dichas deudas, sin ofrecer garantías adicionales. En cuanto a los acreedores de la Sociedad Absorbente, la operación no afectará a sus derechos ni modificará su situación jurídica, manteniéndose inalterados sus créditos, ya que la Sociedad Absorbente seguirá operando normalmente y sus administradores también garantizan su capacidad económica para atender todas las obligaciones, sin aportar garantías personales o reales. 7. Ventajas a favor de los miembros de los órganos de administración, dirección, supervisión o control de las sociedades intervinientes en la fusión. No se atribuirá ninguna clase de ventaja a los administradores, directores o miembros de control y/o supervisión de las Sociedades. 8. Detalles oferta a una compensación en efectivo a los socios que tengan derecho a enajenar sus participaciones. No se prevé ninguna compensación en efectivo en el marco de la presente Fusión por absorción. 9. Consecuencias probables de la operación para el empleo. No se prevé que la Fusión vaya a tener consecuencias para los empleados de las Sociedades intervinientes ni sus filiales. 10. Fecha a partir de la cual las nuevas acciones, participaciones o cuotas darán derecho a participar en las ganancias sociales. La fecha a partir de la cual las nuevas participaciones darán derecho a participar en las ganancias sociales es el 01/01/2025. 11. Fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables. La fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables es el 01/01/2025, al ser la fecha de inicio del ejercicio en que la Fusión será aprobada. 12. Información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmita a la sociedad resultante. La valoración del activo y pasivo de la Sociedad Absorbida, AbastSPI, S.A., Sociedad Unipersonal, se deduce de su valor razonable, siendo su valor teórico contable por participación según lo contabilizado en los estados financieros cerrados a 31/12/2024, la cifra de 21,05€. 13. Fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la fusión. Los balances de ambas sociedades intervinientes son los cerrados a fecha 31 de diciembre de 2024, cumplen con el requisito de antigüedad máxima de seis meses de conformidad con el artículo 43.1 del RDL 5/2023. Además, el balance de fusión ha sido verificado por un auditor inscrito, y ha sido aprobado por los socios y Socio Único, respectivamente, antes de formalizar el acuerdo de fusión. 14. Acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, mediante la aportación de los correspondientes certificados, válidos y emitidos por el órgano competente. Las sociedades intervinientes en la Fusión se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, lo cual se acredita mediante los certificados correspondientes que se adjuntan al Proyecto Común de Fusión. 15. Régimen fiscal. Habida cuenta lo dispuesto en el artículo 89.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, se entenderá que a la presente Fusión se aplica el régimen especial establecido en el Capítulo VII del Título VII de dicho texto legal. Asimismo, se recuerda de conformidad con el artículo 7 del RDL 5/2023 que cualesquiera socio, acreedores o representantes de los trabajadores referidos anteriormente podrán dirigirse a la Sociedad para: (i) solicitar el envío gratuito por medios electrónico de una copia de dicha documentación; y (ii) a presentar sus observaciones al Proyecto durante el plazo mínimo de un (1) mes desde la publicación de este anuncio y como límite cinco (5) días laborables antes de la fecha de la Junta General de Socios realizarse. Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente cuyos créditos no se encuentren suficientemente garantizados, a llevar a cabo las acciones previstas en el artículo 13 del RDL 5/2023, durante el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio. Los órganos de administración de la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida han elaborado conjuntamente un informe explicando y justificando detalladamente las consecuencias de la Fusión sobre las relaciones laborales y las condiciones de empleo aplicables. En este sentido, para consultar dicha documentación, así como cualquier consulta adicional al respecto en relación con la misma o cualquier otra cuestión relativa a la fusión o el proceso de integración de ambas entidades, puede dirigirse por escrito mediante correo electrónico al Dept. legal (sclegal@abast.es). Por último, se informa que, a causa de la Fusión, el capital social de la Sociedad será ampliado en la cifra de 7.152,04€ modificándose consecuentemente el artículo 6 de los Estatutos Sociales alcanzando el importe de 85.764,42€ de capital social, dividido en 1.427 participaciones sociales de 60,10121€ de valor nominal, numeradas correlativamente de la 1 a la 1.427, ambas inclusive. De conformidad con el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa del derecho a los socios a examinar en el domicilio social el texto propuesto de modificación estatutaria, así como, solicitar su entrega o envío gratuito del documento.

Barcelona, 31 de octubre de 2025.- La Administradora única de Abast Systems & Solutions, S.L., Laia Servat Armengol.

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