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De conformidad con el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDLME"), se hace público que, con fecha de 14 de octubre de 2025, el socio único de EUROMED PHARMA SPAIN, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y el socio único de la sociedad PHARMA CALL, S.L.U. (Sociedad Absorbida), sociedades indirectamente participadas en su totalidad por la misma sociedad matriz, FIN POSILLIPO, S.P.A., han aprobado, por unanimidad, el proyecto común de fusión por absorción de Sociedades indirectamente participadas por el cual supondrá la absorción de PHARMA CALL, S.L.U. por parte de EUROMED PHARMA SPAIN, S.L.U., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y transmisión en bloque y a título universal de la totalidad de los derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la Sociedad Absorbente, sin afectar ello, en modo alguno, ni al empleo ni a la solvencia.
Asimismo, la operación supondrá la absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, y se lleva a cabo por el procedimiento simplificado recogido en el artículo 53 del RDLME, en la medida en que las Sociedades Participantes están íntegramente participadas (directa o indirectamente) por el mismo socio único, lo cual, conforme a los artículos 53 y 56, no resultan necesarios: 1.º La inclusión en el proyecto de fusión de las menciones relativas al tipo de canje de las acciones o participaciones y demás requisitos, 2.º Los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión. 3.º El aumento de capital de la sociedad absorbente y 4.º La aprobación de la fusión por las juntas generales de la sociedad o sociedades absorbidas.
La fusión se acoge al régimen tributario especial del Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
De acuerdo con el artículo 9 de la RDLME, habiéndose aprobado la Fusión por el socio único de las Sociedades Participantes en ejercicio de las competencias de la junta general (entendiéndose, por lo tanto, celebradas con carácter de universal y los acuerdos aprobados por unanimidad), no ha sido necesaria la publicación ni el depósito previo del proyecto de Fusión.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 de la RDLME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades Participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos de Fusión adoptados y de los balances de Fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades Participantes a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 de la RDLME en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Badalona, 15 de octubre de 2025.- Los Presidentes de los Consejos de Administración, De Euromed Pharma Spain, S.L.U., D. Roberto Porcelli y de Pharma Call, S.L.U., D. Gianpiero De Mestria.
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