Contingut no disponible en català
En cumplimiento del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en su parte de Transposición de directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, el RDL 5/ 2023), se hace público que el día 31 de mayo de 2025, el socio único de la absorbente en Junta General de Socios de la sociedad El Nanet de la Sort S.L.U. (Sociedad Absorbente), decidió la fusión por absorción de sus sociedades, en las que también es socio único, Les Bruixes D’Alcasser S.L.U. (Sociedad Absorbida) y La Bruixa de Llevant S.L.U. (Sociedad Absorbida), las cuales se extinguen sin liquidación, con entera transmisión en bloque de sus patrimonios a la Sociedad Absorbente, adoptándose este acuerdo en los mismos términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito con fecha 5 de mayo de 2025 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión. Al encontrarse íntegramente participadas por mismo socio, El Nanet de la Sort S.L.U, Les Bruixes d’Alcasser S.L.U. y La Bruixa de Llevant S.L.U; la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 56 y 53 del RDL 5/2023. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 3, 5, 7 y 8 del artículo 40 ni del artículo 36 del RDL 5/2023; (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión; (iii) el informe del órgano de administración; (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de las Sociedades Absorbidas. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la Ley. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las respectivas sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y del balance de fusión. Se hace constar igualmente el derecho de protección de los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 del RDL 5/2023.
Alcasser, 14 de octubre de 2025.- Administrador Único de " El Nanet de la Sort S.L.U" (Sociedad Absorbente) y de " Les Bruixes D’Alcasser S.L.U." y de "La Bruixa de Llevant S.L.U." (Sociedades Absorbidas), Don José Martín Fort Albert.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid