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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/ 2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que los Socios Únicos de DUNAS DESARROLLOS FOTOVOLTAICOS, S.L.U. ("Sociedad Absorbente") y de DUNAS DESARROLLOS FOTOVOLTAICOS 14, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), con fecha 30 de junio de 2025, han aprobado la fusión por absorción de la segunda por la primera. Dado que la sociedad absorbida está íntegramente participada de forma directa por la sociedad absorbente, la fusión se realiza conforme al procedimiento especial regulado en el artículo 53 RDL 5/2023, que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión formulado el 23 de junio de 2025 por el Administrador Único de cada una de las Sociedades. Además, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión. Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º del RDL 5/2023 en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del RDL 5/2023, el acuerdo se adopta sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión. La fusión implica la transmisión en bloque, por sucesión universal, del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de ésta.
Madrid, 15 de octubre de 2025.- Administrador Único, David Angulo Rubio.
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