De conformidad con el Artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, se hace público que las respectivas Juntas Generales y Universales de socios y accionistas de las sociedades Miguel Moreno Meroño S.L. y 3M Cultiva S.L., celebradas con fecha 10 de octubre de 2025, han acordado por unanimidad la fusión mediante absorción por Miguel Moreno Meroño S.L. de 3M Cultiva S.L.
De conformidad con lo previsto en el Artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios, accionistas y los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener, en los respectivos domicilios sociales de dichas sociedades, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2024 y aprobados por la Junta General de socios de Miguel Moreno Meroño S.L. y de 3M Cultiva, S.L.
Los acreedores tienen el derecho de oponerse a la fusión mientras no se les garanticen sus créditos; podrán ejercitar este derecho mediante comunicación escrita a la sociedad, durante el plazo de un mes de la última publicación del acuerdo.
Fuente Alamo de Murcia, 11 de octubre de 2025.- Administrador Único de ambas sociedades, Miguel Moreno Ros.
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