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Documento BORME-C-2025-5507

PRADILLO 62, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

INVERSIONES ERIDANI, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 196, páginas 6756 a 6756 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-5507

TEXTO

Con fecha 9 de octubre de 2025, los respectivos socios únicos de las mercantiles Pradillo 62, S.L., con CIF núm. B82337650, e Inversiones Eridani, S.L., con CIF núm. B66924952, acordaron la fusión inversa por absorción de Inversiones Eridani, S.L., siendo de aplicación a dicha fusión el régimen simplificado previsto en el Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el "Real Decreto-Ley 5/2023"), con las especialidades previstas en los artículos 9, 53 y 56 de dicha normativa al tratarse de una fusión inversa donde la sociedad absorbente es íntegramente participada por la sociedad absorbida y al haberse adoptado los acuerdos de fusión por unanimidad.

La fusión se realiza en los términos del proyecto común de fusión aprobado por los órganos de administración de Pradillo 62, S.L. e Inversiones Eridani, S.L. con fecha 1 de octubre de 2025, utilizando como balances de fusión:

a. El cerrado a 30 de septiembre de 2025 de Pradillo 62, S.L.

b. El cerrado a 30 de septiembre de 2025 de Inversiones Eridani, S.L.

Se deja constancia que, al ser ambas sociedades unipersonales, haberse adoptado los acuerdos de fusión por unanimidad y al tratarse de una fusión inversa, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 9, 53 y 56 del Real Decreto-Ley 5/2023, no ha sido necesario informe de los administradores ni anuncio de la convocatoria de la Junta por la que se acordó la fusión ni tampoco la previa publicación o depósito de los documentos exigidos en los artículos 7 y 46 de la referida normativa.

A fin de cumplir con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, se publica este acuerdo de fusión, recordando amablemente a los acreedores su derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de fusión.

Barcelona, 9 de octubre de 2025.- El administrador único de Pradillo 62, S.L. y de Inversiones Eridani, S.L, D. José Carceller Arce.

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