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Documento BORME-C-2025-5445

GRUPO MGA – NEW PARK, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

FILES STUDIOS, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 193, páginas 6690 a 6690 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-5445

TEXTO

En cumplimiento de los establecido en el art. 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que regula, entre otras medidas, las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, RDLME), se hace público que la Junta general extraordinaria de socios de la Sociedad Grupo MGA-New Park, S.L., celebrada con carácter de universal el 2 de octubre de 2025, ha decidido ratificar por unanimidad, tras la subsanación del proyecto de fusión presentado por el órgano de administración de la Sociedad, la fusión por absorción de su sociedad íntegramente participada, Files Studios, S.L., Sociedad Unipersonal aprobada en Junta general extraordinaria de socios de fecha 28 de julio de 2025. De acuerdo con lo previsto en el proyecto común de fusión suscrito en fecha 30 de julio de 2025 y subsanado por otro del día 1 de octubre de 2025, Files Studios, S.L., Sociedad Unipersonal se disolverá sin liquidación, traspasando en bloque su patrimonio social a título universal, con todos sus derechos y obligaciones y elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo a favor de la Sociedad Absorbente, que se subrogará en su posición jurídica a todos los efectos, habiéndose aprobado, asimismo, en dicha fecha, los balances de fusión de ambas Compañías, cerrados a fecha 30 de junio de 2025.

Dado que la fusión tiene el carácter de impropia, por cuanto la Sociedad Absorbida está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, no se han aplicado las normas sobre depósito y publicidad del proyecto común de fusión, emisión de informe de administradores y de experto independiente sobre el citado proyecto ni el resto de los requisitos indicados en el artículo 53.1 de la RDLME. Asimismo, conforme al artículo 53.1.4º del RDLME no es necesaria la aprobación de la operación de fusión por el socio único de la sociedad absorbida.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 10 del RDLME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades, de acuerdo con los términos del artículo 13 del RDLME, a oponerse a la fusión dentro del plazo de un (1) mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Cerdanyola del Vallès (Barcelona), 3 de octubre de 2025.- El Sr. Joan Sanahuja Amat, en su doble condición de persona física designada por Reflektor, S.L.U., ésta como Administradora solidaria de la Sociedad Grupo Mga-New Park, S.L. (absorbente), y de persona física designada por Grupo Mga-New Park, S.L., ésta como Administradora única de la Sociedad Files Studios, S.L., Sociedad Unipersonal (absorbida), .

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