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Documento BORME-C-2025-5337

ACTIVADOSIS, S. L. (SOCIEDAD ABSORBENTE), AFP PHARMACEUTICAL DEVELOPMENT, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 188, páginas 6565 a 6565 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-5337

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el RD-ley 5/2023), se hace público que el 30 de junio de 2025 la Junta General Universal Extraordinaria de los Socios de ACTIVADOSIS, S. L. (Sociedad absorbente), y, de la sociedad AFP PHARMACEUTICAL DEVELOPMENT S. L. (Sociedad absorbida), en ejercicio de sus competencias en Junta General Extraordinaria y Universal, han aprobado y por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción por parte de ACTIVADOSIS, S. L. de la sociedad AFP PHARMACEUTICAL DEVELOPMENT S. L. sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 31 de Mayo de 2025 con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y la adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente. Esta modificación estructural se aprobó por unanimidad siendo aplicable lo dispuesto en el artículo 9 del RD-Ley 5/2023. La presente fusión se acogerá al Régimen Tributario establecido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RD-ley 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 13 del RD-ley 5/2023.

Valencia, 26 de septiembre de 2025.- El Administrador Único de Activadosis, S. L. (Sociedad Absorbente). Asier Zubillaga Cerdán.- El Administrador Único de AFP Pharmaceutical Development, S. L. (Sociedad Absorbida)), Jose Javier Roca Arín.

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