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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio por el que se aprueba el régimen jurídico aplicable a las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 15 de septiembre de 2025, el accionista único de BARGOSA, S.A.U. ("Sociedad Absorbente"), aprobó la fusión por absorción de la sociedad FRUIT MARKET INVESTMENT, S.L. ("Sociedad Absorbida"), en los términos establecidos en el proyecto común de fusión que no ha sido preciso depositar en el Registro Mercantil, con transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, y con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 10 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades implicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión.
Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades implicadas cuentan con el régimen de protección establecido en el artículo 13 LME.
En Barcelona, 15 de septiembre de 2025.- Consejero de Bargosa, S.A.U. y Fruit Market Investment, S.L, Don Marc Moli Sanz, facultado expresamente por acuerdos de 30 de junio de 2025.
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