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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RD"), se comunica que, en fecha 22 de septiembre de 2025, la socia única de ACIMSA OBRAS Y SERVICIOS, S.L.U. (la "Sociedad Escindida"), y la junta general de GESTIONES PIZARRO GIL, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria"), aprobaron la escisión parcial de la Sociedad Escindida en virtud de la Sociedad Beneficiaria, quien adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido.
Como consecuencia de dicha escisión parcial, se aprobó también la reducción de capital de la Sociedad Escindida en la cifra de 106.978,06.-€, pasando de la cifra actual de 163.954,01.-€ a 56.975,86.-€, mediante la amortización de 1.780 participaciones, aprobándose asimismo unos nuevos estatutos sociales de la Sociedad Escindida.
La Sociedad Beneficiaria es la socia única de la Sociedad Escindida. Habiéndose aprobado la escisión por la socia única de la Sociedad Escindida y por unanimidad de los socios de la Sociedad Beneficiaria, y por el procedimiento simplificado, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni es necesario el informe de los administradores sobre el mismo.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, en los términos establecidos en el artículo 10 del RD. Los acreedores de las sociedades participantes en la escisión pueden realizar las actuaciones previstas en el artículo 13 del RD, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
En Mejorada del Campo (Madrid), 22 de septiembre de 2025.- Dña. Manuela Pizarro Rodríguez, Administradora única de la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria.
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