Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio de transposición de, entre otros, Directivas de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (el "RDL 5/2023") y el Decreto Ley 262/86, de 2 de septiembre, en su versión modificada ("PCC"), se hace público que, el 26 de Septiembre de 2025, el accionista único de la sociedad Somfy España, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente") ha aprobado la fusión por absorción de BFT – Comércio de Automatismos e de Material De Segurança, S.A. (la "Sociedad Absorbida" y, conjuntamente con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades Intervinientes"), por parte de la Sociedad Absorbente (la "Fusión Transfronteriza"), todo ello ajustado a los términos y condiciones del proyecto común de fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Intervinientes con fecha 9 de junio de 2025.
La Fusión Transfronteriza implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente (la cual adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquélla) y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma; todo ello de conformidad con el artículo 34 del RDL 5/2023 y el artículo 97 (4) subpárrafo a) del PCC aplicable ex vi artículo 117-B del PCC.
En la medida en que la Sociedad Absorbente es titular, de forma directa, de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida, la Fusión Transfronteriza es considerada como una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada en los términos previstos en en el artículo 53 de la RDL 5/2023 y artículo 117 – I del PCC, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. Asimismo, al ser adoptados los acuerdos de forma unánime en la Sociedad Absorbente, es de aplicación a la Fusión Transfronteriza lo dispuesto en el artículo 9 de la RDL 5/2023.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar que los socios, accionistas y acreedores de las Sociedades Intervinientes tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la Fusión Transfronteriza y de los correspondientes balances de fusión, en el domicilio social de las Sociedades Intervinientes. Asimismo, los acreedores de las Sociedades Intervinientes podrán ejercer los derechos que le confieren los artículos 13 y 14 del RDL 5/2023.
Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les correspondan.
Barcelona/Portugal, 26 de septiembre de 2025.- Dña. Elena Cuatrecasas Gimenez-Salinas, Secretario del Consejo de Administración de Somfy España, S.A.U., y D. Pierpaolo Bergomi y Dña. Priscila Almudena Garcia Gámez como Consejeros de BFT– Comércio de Automatismos e de Material De Segurança, S.A.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid