Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BORME-C-2025-5264

SISQUELLA I CARRETER, S.L.P. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

GRUP SISQUELLA SERVEIS PROFESSIONALS, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 184, páginas 6481 a 6481 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-5264

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de Sisquella I Carreter, S.L.P. (sociedad absorbente) y Grup Sisquella Serveis Professionals, S.L. (sociedad absorbida), celebradas el 18 de septiembre de 2025, acordaron por unanimidad, la fusión de las dos sociedades mediante la absorción por parte de Sisquella I Carreter, S.L.P. de la mercantil Grup Sisquella Serveis Professionals, S.L. sin disolución de esta última y transmisión en bloque de todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida a la absorbente, todo ello en los términos exactos del Proyecto de Fusión suscrito el 18 de septiembre de 2025 por los órganos de administración de las sociedades intervinientes. Esta fusión se realiza con expreso acogimiento al artículo 53.1 del RDL 5/2023, ya que la sociedad absorbida se encuentra íntegramente participada por la sociedad absorbente. Por tanto, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 3, 4, 5, y 7 del artículo 40 de la Ley, (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el informe del órgano de administración, y (iv) el aumento de capital de la Sociedad absorbente.

De conformidad al artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y los acreedores de las sociedades participantes en el proceso de fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión en los términos legalmente previstos.

Los acreedores, cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación del anuncio, disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión para ejercitar las acciones previstas el artículo 13 del RDL 5/2023. Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Cerdanyola del Vallés, 18 de septiembre de 2025.- El Administrador Solidario, Lluis Sisquella Enjuanes.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid