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Documento BORME-C-2025-5256

COMPAÑÍA EXTERIOR DE ESPAÑA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 184, páginas 6473 a 6473 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2025-5256

TEXTO

Por acuerdo del órgano de administración de la sociedad Compañía Exterior De España, S.A. se convoca a los accionistas de la sociedad, para celebrar la Junta General Extraordinaria, el próximo día 30 de octubre de 2025, a las diez horas, en primera convocatoria, y, si no hubiere quorum suficiente, el día 31 de octubre de 2025 a la misma hora, en segunda convocatoria; que se celebrará en Alicante, calle San Fernando 33, entresuelo, 03001, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales del año 2021, y aplicación del resultado.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales del año 2022, y aplicación del resultado.

Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales del año 2023, y aplicación del resultado.

Cuarto.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales del año 2024, y aplicación del resultado.

Quinto.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión social de los ejercicios correspondientes a los años 2021 a 2024.

Sexto.- Aprobación de la disolución de la sociedad.

Séptimo.- Cese del órgano de administración de la sociedad.

Octavo.- Nombramiento de liquidador o liquidadores.

Noveno.- Aprobación de la liquidación: balance final de liquidación, cuota de liquidación y su reparto, y aprobación de la extinción de la sociedad.

Décimo.- Delegación de facultades.

Undécimo.- Ruegos y preguntas. Aprobación del Acta de la reunión.

Los accionistas tendrán derecho a solicitar, en relación con los asuntos comprendidos en el Orden del Día, la información o aclaraciones que estimen necesarias sobre dichos asuntos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital. Asimismo, los accionistas tendrán derecho a obtener de la sociedad, los documentos que, en su caso, deben someterse a la aprobación de la Junta General. En los términos previstos en el artículo 184 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que no asistan a la Junta podrán delegar la representación en otra persona, aunque ésta no sea accionista.

Alicante, 23 de septiembre de 2025.- Administrador solidario, Álvaro Martín Gómez.

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