Contingut no disponible en valencià
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 15 de septiembre de 2025, la junta general universal de socios de MINGOT INVERSIONES, S.L. (la "Sociedad Escindida") acordó por unanimidad aprobar la escisión total de dicha sociedad a favor de dos sociedades beneficiarias de nueva creación que se constituirán con las denominaciones sociales de MINGOT BEJAR, S.L. y MINGOT URETA, S.L. (las "Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación").
La operación de escisión total implica la extinción de la Sociedad Escindida, mediante su disolución sin liquidación, y la división de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque y por sucesión universal a cada una de las Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 10 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados.
Asimismo, se hace constar que los acreedores de la Sociedad Escindida cuentan con el régimen de protección establecido en el artículo 13 LME.
En Benidorm, 15 de septiembre de 2025.- Administrador único de la Sociedad Mingot Inversiones, S.L, D. Agustín Mingot Tito.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid