Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el 16 de septiembre de 2025 la Junta General Extraordinaria de accionistas de Corporación Financiera Alba, S.A. (la "Sociedad"), celebrada en segunda convocatoria, aprobó con la mayoría de votos legalmente necesaria y con el acuerdo de los accionistas afectados mediante votación separada, en los términos de los apartados 2 y 3 del artículo 293 y del artículo 329 de la Ley de Sociedades de Capital, reducir el capital de la Sociedad en la cuantía de 346.763 euros y modificar en consecuencia el artículo 5.º de los estatutos de la Sociedad relativo al capital social, que queda fijado en 59.958.423 euros, mediante la amortización y anulación de 346.763 acciones de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, correspondientes a los accionistas titulares de una cantidad igual o inferior a 26.000 acciones, con la finalidad de devolver el valor de las aportaciones a los citados accionistas.
El precio por acción amortizada acordado por la Junta General fue de 83,24 euros y, por consiguiente, la suma total a abonar por la Sociedad a los accionistas cuyas acciones se amortizan es de 28.864.552,12 euros. En relación con la liquidación e ingreso de la cuota tributaria correspondiente al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad de Operaciones Societarias, al tipo de gravamen del 1 por ciento de la cuantía de la aportación devuelta a cada accionista, cuyo sujeto obligado al pago es el propio accionista, se hace constar que la Sociedad asumirá el importe equivalente a las cuotas tributarias correspondientes y retendrá a estos efectos las cantidades oportunas.
El pago se realizará a través de las entidades adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro Compensación y Liquidación de Valores S.A. (Sociedad Unipersonal) (IBERCLEAR), en el plazo máximo de treinta (30) días hábiles a contar desde la publicación del último de los anuncios previstos en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (esto es, publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la web corporativa de la Sociedad, www.corporacionalba.es).
Si por cualquier causa no fuese posible, respecto de unas acciones determinadas, seguir dicho procedimiento general de pago, el valor de amortización quedará a disposición de los accionistas de la Sociedad (durante el plazo legalmente exigible) en las oficinas de Banco Santander, S.A., en su condición de banco agente, para su pago contra acreditación de la titularidad de las acciones amortizadas.
En el caso de que algunas de las acciones que hayan de ser amortizadas se hallen embargadas, pignoradas, usufructuadas o pesen sobre ellas cualesquiera otras cargas o gravámenes, se procederá a abonar el importe correspondiente a la persona que tenga derecho a percibir el valor de amortización de dichas acciones.
Asimismo, la Junta General aprobó, de conformidad con el artículo 335.c) de la Ley de Sociedades de Capital, dotar con cargo a reservas libres una reserva por importe del valor nominal de las acciones objeto de amortización (esto es, 346.763 euros), de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social, por lo que los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición previsto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital acordada.
Madrid, 16 de septiembre de 2025.- Secretario del Consejo de Administración de Corporación Financiera Alba, S.A, D. José Ramón del Caño Palop.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid