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Documento BORME-C-2025-5100

RAFAEL NAVAL, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

REPUESTOS DOMINGO, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 177, páginas 6299 a 6299 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-5100

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de RAFAEL NAVAL, S.A. (sociedad absorbente) y REPUESTOS DOMINGO, S.L.U. (sociedad absorbida), celebradas el 16 de julio de 2025, acordaron por unanimidad, la fusión de las dos sociedades mediante la absorción por parte de RAFAEL NAVAL, S.A. de la mercantil REPUESTOS DOMINGO, S.L.U. sin disolución de esta última y transmisión en bloque de todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida a la absorbente, todo ello en los términos exactos del Proyecto de Fusión suscrito el 16 de junio de 2025 por los órganos de administración de las sociedades intervinientes. Esta fusión se realiza con expreso acogimiento al artículo 53.1 del RDL 5/2023, ya que la sociedad absorbida se encuentra íntegramente participada por la sociedad absorbente. Por tanto, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 3, 4, 5, y 7 del artículo 40 de la Ley, (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el informe del órgano de administración, y (iv) el aumento de capital de la Sociedad absorbente.

De conformidad al artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y los acreedores de las sociedades participantes en el proceso de fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión en los términos legalmente previstos.

Los acreedores, cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación del anuncio, disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión para ejercitar las acciones previstas el artículo 13 del RDL 5/2023. Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Zaragoza, 8 de septiembre de 2025.- Administrador Solidario, Pablo Naval Sánchez.

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