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Documento BORME-C-2025-5086

COMPAÑÍA CANARIA DE PIENSOS, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

EXPLOTACIONES DE VACUNO CAPISA, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 176, páginas 6284 a 6284 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-5086

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de julio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el 9 de septiembre de 2025 la junta general de Compañía Canaria de Piensos, S.A. ("Sociedad Absorbente"), aprobó la fusión por absorción de la entidad Explotaciones de Vacuno Capisa, S.L.U. ("Sociedad Absorbida" y junto con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades Participantes") por medio de la transmisión en bloque por sucesión universal de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, subrogándose de este modo la Sociedad Absorbente en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida (la "Fusión"). Por consiguiente, la Fusión comporta la disolución y extinción de la Sociedad Absorbida, sin apertura del periodo de liquidación alguno en ésta última sociedad.

La Fusión ha sido aprobada mediante el régimen de fusión simplificada para sociedad íntegramente participada, de conformidad con lo recogido en el artículo 53 de la LME dado que la Sociedad Absorbida está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente.

La Fusión se realiza de conformidad con los términos establecidos en el proyecto común de fusión, suscrito el 03 de junio de 2025, por los órganos de administración de las Sociedades Participantes sirviendo de base de la Fusión los balances de las Sociedades Participantes cerrados a 31 de diciembre de 2024, debidamente aprobados. En el caso de la Sociedad Absorbente, el balance ha sido verificado por sus auditores de cuentas, no siendo necesaria la auditoría en el caso de la Sociedad Absorbida al no estar obligada a ello.

Asimismo, se ha procedido a la publicidad preparatoria del acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 LME.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 10 LME, el derecho de los socios y acreedores de las Sociedades Participantes que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, de los balances de fusión y la documentación exigida por la Ley, que se encuentra a su disposición en el domicilio social de las Sociedades Participantes.

En Las Palmas de Gran Canaria, 10 de septiembre de 2025.- Los administradores de las Sociedades Participantes – Rabadan 28, S.L.U. -p.p. don Heriberto Etala Socas-, doña María Jose Etala Socas, don Pedro Etala Socas, Ramos Per, S.L. -p.p. don Ignacio Martín Marrero-, Grupo Concepción Cabrera, S.L. -p.p. doña Carolina Cruz Concepción- y doña Margarita Etala Socas (consejo de administración de la Sociedad Absorbente) y Grupo Capisa Gestión y Servicios, S.L.U. -p.p. don Heriberto Etala Socas – (administrador único de la Sociedad Absorbida).

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