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Documento BORME-C-2025-5075

DOJU, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 175, páginas 6273 a 6273 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2025-5075

TEXTO

A tenor del art. 319 Ley de Sociedades de Capital (LSC) y el art. 10 Real Decreto-ley 5/2023 (RD-Ley 5/2023) se hace público que en la Junta General, Extraordinaria y Universal de la Sociedad DOJUSA, con CIF A78586641, en reunión celebrada el 1 de septiembre de 2025 y sin necesidad de previa convocatoria, se adoptó por unanimidad de todos sus accionistas el acuerdo de efectuar una reducción de capital social y simultáneamente la transformación de la sociedad en los términos siguientes:

- Reducir el capital social en la suma de 30.050,60 € por amortización de 1.000 acciones (num. del 801 a 1100, num. del 151 a 200, num. del 1851 a 2000, num. del 1101 a 1400, num. del 101 a 150, y num. del 1701 a 1850) con la finalidad de restituir las aportaciones a don Juan Moragues Bosques, con NIF 02840243L, y a doña Rosaura Fernández Balandrón, con NIF 11700026H. Por ello, el capital quedará fijado en la cifra de 30,0506 €, dividido en MIL participaciones de 30,0506 € de valor nominal cada una de ellas. En consecuencia, queda modificado el art. 5º de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, que quedará cifrado en 30.050,60 €, totalmente suscrito y desembolsado. Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo de reducción según el art. 336 LSC.

-Con motivo de la reducción la cifra del capital social resultó ser inferior al mínimo establecido por la Ley para las S.A., y por ello, en unidad de acto, esa misma Junta General, Extraordinaria y Universal de la Sociedad DOJUSA celebrada el 1 de septiembre de 2025 adoptó el acuerdo de transformar la Sociedad pasando de una S.A. a una S.L. por lo que la hasta la fecha denominada DOJUSA pasa a operar en el tráfico mercantil con la denominación "DOJU Sociedad Limitada", conservando su personalidad jurídica a tenor del art. 10.1 del RD-ley 5/2023. La transformación ha sido aprobada por unanimidad, ajustándose al proyecto de transformación redactado por el órgano de administración el 1 de agosto de 2025, aprobándose por unanimidad el balance cerrado a 30 de junio de 2025 como balance de transformación, de acuerdo al art. 20 y 23 del RD-ley 5/2023, así como el nuevo texto de los estatutos sociales, cumpliendo con los requisitos de la LSC. A tenor del art. 9.1 RD-ley 5/2023, se hace constar que se trata de una transformación interna, aprobada en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto, por lo que no resultó necesaria la previa publicación o depósito del Proyecto de Transformación ni de los restantes documentos exigidos por la Ley, y tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al Proyecto de Transformación previsto en el art. 7 del RD-ley 5/2023. Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de transformación y el balance aprobado.

Fuenlabrada, 10 de septiembre de 2025.- Administrador Único, Juan Moragues Bosques.

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