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Documento BORME-C-2025-5062

CALDIC IBERICA, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

RICARDO MOLINA, S.A. U

BETAQUIMICA, S.A. U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 175, páginas 6258 a 6258 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-5062

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre la transposición de directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que el socio único de Caldic Iberica, S.L.U. ("Caldic Iberica"), como Sociedad Absorbente, ha aprobado la fusión por absorción con Ricardo Molina, S.A.U. ("Ricardo Molina") y Betaquimica, S.A. U. ("Betaquimica"), como sociedades absorbidas, (junto con Caldic Iberica, las "Sociedades"), con fecha 9 de septiembre de 2025 (la "Fusión").

Con carácter previo a la aprobación del acuerdo de Fusión, el referido socio único de Caldic Iberica, aprueba los balances de fusión de las Sociedades, cerrados a 31 de diciembre de 2024 y el proyecto común de fusión, redactado y suscrito por todos los administradores de cada una de las Sociedades el día 14 de abril de 2025 (el "Proyecto Común").

Se pone de manifiesto que el acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común y a lo dispuesto para las fusiones simplificadas conforme a los artículos 9, 53 y 56.1 de la LME, esto es, sin referencias al tipo de canje ni a las modalidades de entrega de participaciones de Caldic Iberica en su condición de sociedad absorbente, ni a la fecha de participación en las ganancias sociales o a cualesquiera peculiaridades relativas a dicho derecho o a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad absorbida que se transmite a la Sociedad Absorbente; sin la elaboración de informes de los administradores ni de expertos sobre el Proyecto de Común, con excepción del informe del experto independiente exigido a los efectos del artículo 42 de la LME, y sin el aumento de capital en la Sociedad Absorbente.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 LME se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la Fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de Fusión y de los respectivos balances

Barcelona, 12 de septiembre de 2025.- Los Administradores Mancomunados de Caldic Iberica, D. Francesc Coma Sangra y Dña. Maria Remedios Marcos Fernandez.

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