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De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDL 5/23"), se anuncia que el 15 de julio de 2025, Total Specific Solutions (TSS) B.V., el accionista único de la Sociedad Absorbente, ejerciendo las competencias de la junta general, decidió aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, quedando la Sociedad Absorbente como sociedad resultante y con la consiguiente extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la tramitación en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente.
Todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes el 5 de junio de 2025 y aprobado en la misma fecha. Se hace constar, asimismo, que el socio único de la Sociedad Absorbida ha aprobado la fusión, en los términos contenidos en el proyecto común de fusión. Los correspondientes balances de fusión fueron aprobados por el accionista único de la Sociedad Absorbente y el socio único de la Sociedad Absorbida con carácter previo a la redacción y suscripción del proyecto de fusión por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
Asimismo, se hace constar expresamente que (i) el texto íntegro de los acuerdos de fusión, los balances de fusión (i.e. correspondientes a las cuentas anuales de las sociedades intervinientes cerradas a 31 de diciembre de 2024), el proyecto de fusión, de las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres últimos ejercicios, de los informes de auditores en las sociedades en las que fuera legalmente exigible y del informe de administradores para los trabajadores ha sido puesto a disposición de los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades intervinientes en el domicilio social de cada sociedad y se ha facilitado la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de los mismos y (ii) no se han formulado ni presentado observaciones a la fusión o la documentación relativa a la fusión por los trabajadores de las sociedades intervinientes hasta cinco (5) días laborables antes de la fecha de celebración de la junta general extraordinaria de las sociedades intervinientes aprobando la fusión.
La fusión constituye un supuesto de fusión especial, dado que en el momento de adopción del acuerdo de fusión la Sociedad Absorbente es titular directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida, por lo que será de aplicación el procedimiento simplificado regulado en el artículo 53.1 del RDL 5/23. De conformidad con lo anterior, el proceso de integración se realiza sin ampliación del capital social ni relación de canje. Tampoco serán necesarios los informes de administradores para los socios ni de expertos sobre el proyecto común de fusión. Asimismo, al ser adoptados los acuerdos de fusión por el accionista único de la Sociedad Absorbente y el socio único de la Sociedad Absorbida, es de aplicación a la presente fusión el artículo 9 del RDL 5/23.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 13 del RDL 5/23 durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 4 de septiembre de 2025.- Dña. Cleydi Vanessa Durán Barrera, como representante persona física de Total Specific Solutions (TSS) BV, administrador único de la Sociedad Absorbente (Baratz Servicios de Teledocumentación, S.A.U.) y como representante persona física de Baratz Servicios de Teledocumentación, S.A.U., administrador único de la Sociedad Absorbida (Digibis, S.L.U.).
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