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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que con fecha 5 de junio de 2025 se celebró la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil ABRANTES SUPRA, S.L. (sociedad absorbente), en la que se aprobó por unanimidad la absorción de las mercantiles AVEIRO FINANCIERA, S.L.U., CALAVEIRO ARRENDAM, S.L.U., BRAGANZA PATRIMONIAL, S.L.U., TAVIRA RENOVAVEL, S.L.U. y KAYAK MANAGINGS, S.L.U. (sociedades absorbidas), todas ellas participadas de forma directa al 100% por la sociedad absorbente, con la entera transmisión en bloque del patrimonio de las sociedades absorbidas, que se extinguirán sin liquidación, y la sucesión universal de sus derechos y obligaciones a favor de la sociedad absorbente, todo ello según los términos del proyecto común de fusión impropia suscrito el día 5 de junio de 2025 por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de la totalidad de las participaciones sociales en que se divide el capital de las sociedades absorbidas, considerándose un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, no ha sido necesaria la publicación ni el depósito previo de los documentos exigidos por la Ley.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y el balance de fusión, en los términos del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad absorbente, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.
Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes lo aquí expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden. Se hace constar el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto-ley 5/2023.
Mazarrón, 5 de septiembre de 2025.- Administradora única, Gema Durán García.
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