Contingut no disponible en català
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de la Directiva de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "RDLME"), se hace público que con fecha 30 de junio de 2025, los socios de la mercantil GRUPO ILUNION, S.L. (la Sociedad Absorbente), han decidido aprobar la fusión por absorción de la mercantil RECYCLING4ALL, S.L. Unipersonal (la Sociedad Absorbida) por la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión (el Proyecto Común de Fusión), elaborado y suscrito en fecha 19 de junio de 2025 por todos los miembros de sus respectivos órganos de administración.
A esta fusión le resulta de aplicación el régimen de las fusiones especiales por absorción de sociedades íntegramente participadas previsto en el artículo 53.1 del RDLME al ser la Sociedad Absorbente el socio único de la Sociedad Absorbida, por lo que no se ha aumentado como consecuencia de la fusión el capital social de la Sociedad Absorbente, ni ha sido necesario informe de los administradores en la sección destinada a los socios de las sociedades intervinientes, ni de expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión, ni tampoco ha sido necesario la inclusión en el mismo de las menciones 3º, 5º, 7º y 8º del artículo 40 del RDLME, ni la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad absorbida.
De igual forma, al haber sido adoptado el acuerdo de fusión en junta universal y por unanimidad de los socios de la Sociedad Absorbente, conforme previene el artículo 9 RDLME, no ha sido necesario publicar ni depositar previamente a la adopción del mismo los documentos exigidos por la Ley a estos efectos.
No obstante, lo anterior, previamente a la adopción del acuerdo de fusión se ha puesto a disposición de los trabajadores de la Sociedad Absorbente, al carecer la Sociedad Absorbida de trabajadores, la información sobre la fusión conforme previene el informe de los administradores en la sección destinada a los mismos previsto en el artículo 5 del RDLME.
Como consecuencia de esta fusión por absorción, se disuelve sin liquidación la Sociedad Absorbida y se produce la transmisión en bloque de todo su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, la cual adquiere por sucesión universal la totalidad de sus derechos y obligaciones.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 RDLME, se hace constar expresamente el derecho que asiste respectivamente a los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, el Proyecto Común de Fusión y los Balances de Fusión.
De igual forma, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que participan en esta fusión, cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación del presente anuncio que no hubieren vencido aún, de instar el procedimiento previsto en el artículo 13 RDLME en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de Fusión; en el caso de no hallarse conformes con las garantías ofrecidas.
En Madrid, 18 de agosto de 2025.- D. Jose Luis Barceló Blanco-Steger, Secretario del Consejo de Administración de Grupo Ilunion, S.L.- D. César Alejandro Fernández Fidalgo, Persona física representante de Grupo Ilunion, S.L., y Administrador Mancomunado de Recycling4all, S.L. Unipersonal.- D. Pedro Antonio Martín Pérez, Persona física representante de Ilunion Reciclados, S.A. Unipersonal y Administrador Mancomunado de Recycling4all, S.L. Unipersonal.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid