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Documento BORME-C-2025-4715

AGUAS DE ARGUINEGUIN, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBENTE)

FINCA LLANOS BALDIOS DE CORTADORES, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 149, páginas 5842 a 5842 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4715

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 55.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que regula, entre otros, las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, RDL 5/2023), se hace público el proyecto común de fusión de Finca Llanos Baldíos de Cortadores, sociedad anónima unipersonal que será absorbida por Aguas de Arguineguín, sociedad anónima, que fue redactado y suscrito por el órgano de administración de las dos sociedades el 20 de junio de 2025 y quedó depositado en el Registro Mercantil el 4 de julio de 2025, proyecto que supondrá el traspaso en bloque a la Sociedad absorbente de la totalidad del patrimonio de la Sociedad absorbida a título de sucesión universal, quedando subrogada la Sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, y con extinción vía disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida.

La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 53.1 del RDL 5/2023, al tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión: (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 3,5,7 y 8 del artículo 40 de la Ley, (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el informe del órgano de administración, (iv) el aumento de capital de la Sociedad absorbente, y (v) la aprobación de la fusión por la junta general de socios de la Sociedad absorbida.

De conformidad al artículo 55.1 del RDL 5/2023 se hace constar el derecho que asiste a los accionistas de la Sociedad absorbente y los acreedores de las dos sociedades a obtener el texto íntegro del proyecto común de fusión y las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios de ambas sociedades en los términos legalmente previstos, dejando expresa constancia de su derecho a la entrega o envío gratuito del texto íntegro de dicha documentación.

Los acreedores, cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación del anuncio, disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión para ejercitar las acciones previstas el artículo 13 del RDL 5/2023.

Finalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 55 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho de los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social de la Sociedad absorbente, a exigir la celebración de la junta general para la aprobación de la fusión, en el plazo de un mes desde la publicación del proyecto en los términos legalmente establecidos.

Las Palmas de Gran Canaria, 4 de agosto de 2025.- Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad absorbente, Luis Oller Daza.

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