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Documento BORME-C-2025-4682

MORERA & VALLEJO PATRIMONIAL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

MORERA & VALLEJO AGRICOLA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 5805 a 5806 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4682

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("R.D.L.M.E."), se hace público que por decisión del socio único de la entidad "Morera & Vallejo Patrimonial, S.L." adoptada con fecha 25 de julio de 2025, se aprobó la Fusión por Absorción entre "Morera & Vallejo Patrimonial, S.L." como sociedad absorbente y "Morera & Vallejo Agricola, S.L.", como sociedad absorbida. La sociedad absorbida se disuelve sin liquidación y transmite en bloque todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones.

La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de "Morera & Vallejo Patrimonial, S.L."" (Sociedad Absorbente) es la del 1 de enero de 2025.

Dicha Fusión por Absorción se aprobó con las menciones recogidas en el Proyecto Común de Fusión por Absorción redactado y suscrito por el Administrador Único de las sociedades intervinientes en fecha 30 de junio de 2025. El acuerdo de fusión fue adoptado por unanimidad por el socio único de las sociedades participantes en la fusión en la Junta General de la Sociedad Absorbente, al no ser necesario su acuerdo por la junta general de la Sociedad Absorbida conforme a lo dispuesto en el artículo 53.1 4º R.D.L.M.E. y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del R.D.L.M.E., el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, sin informe de los Administradores sobre el Proyecto de Fusión y sin aumento de capital social en la Sociedad Absorbente.

Se pone de manifiesto que la presente operación es una fusión sometida al régimen del artículo 56.1 R.D.L.M.E., supuestos asimilados a la Absorción de Sociedades íntegramente participadas, dado que la sociedad absorbente y la sociedad absorbida son sociedades íntegramente participadas íntegramente y de forma directa por el mismo socio, la sociedad matriz del grupo, "Grupo Morera & Vallejo, S.L.", y por tanto le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 R.D.L.M.E..

Los Balances de Fusión de las sociedades participantes son los cerrados el 31 de diciembre de 2024, debidamente aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 R.D.L.M.E., se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del proyecto y del Balance de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º R.D.L.M.E. en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Se hace constar el derecho de información que corresponde a los trabajadores sobre el objeto y el alcance de la Fusión, y en particular sobre el empleo a los efectos de lo dispuesto en el artículo 46 R.D.L.M.E.

Sevilla, 28 de julio de 2025.- Administrador único, Antonio Morera Vallejo.

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