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Documento BORME-C-2025-4662

FRUTAS ESTHER, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 5784 a 5784 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2025-4662

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace constar que en ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta General Extraordinaria de la sociedad Frutas Esther, S.A. (la "Sociedad"), con domicilio social en Carretera Estación, kilometro 1.9, 30550 de Abarán (Murcia, España), inscrita en el Registro Mercantil de Murcia, al Tomo 159, Folio 17, Hoja MU-3273 y provista de NIF A-30034441, el Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado, con fecha 28 de julio de 2025 proceder a la sustitución de la totalidad de los títulos múltiples físicos nominativos representativos de las 387.703 acciones en que se divide su capital social, esto es, los títulos múltiples números 1 a 6, ambos inclusive, debido al extravío de los mismos.

De acuerdo con lo anterior, se procederá a la anulación automática de los citados títulos múltiples y a la emisión de nuevos títulos múltiples representativos de las citadas acciones, en el plazo indicado a continuación.

Plazo: Se hace constar a los señores accionistas que disponen del plazo de un (1) mes, a contar desde la fecha de la última de las publicaciones del presente anuncio, de conformidad con lo previsto en el artículo 117.1 de la LSC para, en su caso, llevar a cabo las eventuales reclamaciones que procedan y que deberán dirigirse al domicilio social sito en Carretera Estación, kilometro 1.9, 30550 de Abarán (Murcia, España).

Procedimiento: todos los accionistas de la Sociedad, en el plazo citado, deberán presentar mediante escrito dirigido al domicilio social, a la atención del órgano de administración, las escrituras públicas, pólizas de compraventa u otra documentación que acredite la titularidad de las acciones o, en su defecto, la identidad del accionista, siempre que conste inscrito como tal en el Libro Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad. En todo caso, al mencionado escrito se acompañarán de la titulación suficiente para que pueda llevarse a cabo el canje de los correspondientes títulos, que en ningún caso implicará coste alguno para los accionistas.

Anulación de títulos: Se deja expresa constancia de que los títulos que no sean presentados para su canje dentro del plazo señalado anteriormente serán automáticamente anulados y sustituidos por otros nuevos, cuya emisión se anunciará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en el diario en que se hubiera publicado el anuncio del canje, y quedarán depositados en el domicilio social, sujetos a lo previsto en lo establecido en el artículo 117.3 de la LSC. Así, transcurridos tres (3) años desde que se constituyó el depósito, los nuevos títulos emitidos en sustitución de los anulados que no hayan sido reclamados podrán ser vendidos por la Sociedad, quedando el importe líquido de la venta depositado a disposición de los interesados en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos.

Abarán (Murcia), 28 de julio de 2025.- El Secretario del Consejo de Administración, Cítrico Global, S.L, Debidamente representada por Don José Luis Martinavarro Ferrer.

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