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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de, entre otros, transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que, con fecha 4 de agosto de 2025, el accionista único de CIE Mecauto, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente") y de Mecanizaciones del Sur Mecasur, S.A.U. (la "Sociedad Absorbida") aprobó, ejerciendo las funciones de la junta general de accionistas, la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, en aplicación del artículo 53 de la LME por remisión del artículo 56 LME, al estar la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida íntegramente participadas por el mismo accionista. Es por ello que la Sociedad Absorbida quedará extinguida, con la consiguiente transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, la cual, a su vez, adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
A estos efectos, asiste a los acreedores y al accionista de las sociedades participantes en la fusión el derecho de obtener el texto íntegro de las decisiones de fusión y los balances de fusión, todo ello en los términos del artículo 10.1 LME.
Bilbao (Bizkaia), 4 de agosto de 2025.- El secretario no consejero de la Sociedad Absorbida y de la Sociedad Absorbente, en representación de CIE Mecauto, S.A.U. y de Mecanizaciones del Sur Mecasur, S.A.U, D. José Ramón Berecibar Mutiozabal.
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