Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2025-4521

EUROGROUP ESPAÑA FRUTAS Y VERDURAS, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

CAMPIÑA VERDE ECOSOL, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 144, páginas 5625 a 5626 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4521

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace público que, el día 22 de julio de 2025, el accionista único de Eurogroup España Frutas y Verduras, S.A.U. (Sociedad Absorbente), ha aprobado la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, y Campiña Verde Ecosol, S.L.U. (Sociedad Absorbida).

Se hace constar que, en el presente supuesto, la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida están participadas al 100% de forma directa por el mismo accionista único, la entidad mercantil de nacionalidad alemana Eurogroup Deutchland, GMBH, provista con N.I.F. N0360716E, por lo que resulta aplicable a esta fusión el régimen simplificado del artículo 53 LME por remisión del artículo 56 LME. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 3, 5, 7 y 8 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) la sección destinada a los socios del informe de los órganos de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado por el accionista único de la sociedad absorbente, que a su vez también es el socio único de la sociedad absorbida, con fecha 22 de julio de 2025, conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión.

Los órganos de administración de ambas sociedades, de manera voluntaria y para mayor seguridad jurídica, han depositado el Proyecto de Fusión en el Registro Mercantil de Valencia y en el Registro Mercantil de Córdoba.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto de Fusión y de los Balances de Fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la Ley.

Paterna (Valencia) a, 23 de julio de 2025.- En calidad de Administradores Mancomunados de la sociedad Eurogroup España Frutas y Verduras, S.A.U. (Sociedad Absorbente), D. José Ricardo Vázquez Naveira y D. Jorge Julio Delclos Padilla, y en su calidad de Administradores Mancomunados de la sociedad Campiña Verde Ecosol, S.L.U. (Sociedad Absorbida), D. José Tienda Luna y D. Florian Tokarski.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril