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Documento BORME-C-2025-4479

HABITATGES VOLTREGÀ S.L (SOCIEDAD ABSORBENTE)

OSONA NORD S.L, CASES I LLOGUERS SANT JAUME S.L, SERVEIS JURÍDICS MANLLEU, S.L (SOCIEDADES ABSORBIDAS).

Publicado en:
«BORME» núm. 143, páginas 5580 a 5580 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4479

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 de la Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (en adelante, "RDL 5/2023") se hace público que el día 25 de junio de 2025, la mercantil Assessoria Oller SLU como Socio único de las sociedades Habitatges Voltregà S.L (sociedad absorbente) y de las compañías Osona Nord S.L, Cases i lloguers Sant Jaume S.L, i Serveis Jurídics Manlleu, S.L (sociedades absorbidas), acordó la fusión por absorción, con la total transmisión en bloque del patrimonio social de las sociedades absorbidas, que se extinguirán mediante la disolución sin liquidación y consecuente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello según los términos del proyecto común de fusión suscrito el 1 de mayo de 2025 por los órganos de administración de todas las sociedades que participan en la fusión, y aprobados por el Accionista Único, de todas las sociedades participantes, el día 25 de junio de 2025.

Se ha aprobado como Balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2024 por las compañías participantes en la fusión. Todas las sociedades intervinientes comparten el mismo socio único. Siendo la modalidad de fusión aprobada la de Fusión asimilada a la Absorción de sociedades íntegramente participadas, prevista en los artículos 34, 53 y 56 del RDL 5/2023, y por tanto, no procede establecer tipos de canje de las participaciones, ni ampliar capital de la sociedad absorbente.

Por haberse acordado la fusión por unanimidad al existir un Accionista Único, conforme al artículo 9 del RDL 5/2023, no resulta precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley, ni el informe de los Administradores ni expertos independientes sobre el proyecto común de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en el artículo 9. Asimismo, se ha adoptado la decisión de aprobar la acogida de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal, dado que se acogerá a lo previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y en su caso, representantes de los trabajadores, de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como a ejercer los derechos que los mismos ostenten, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 12, 13 y siguientes del RDL 5/2023.

Manlleu, 1 de julio de 2025.- Administrador único, de Habitatges Voltregà, S.L (Sociedad Absorbente), Jordi Oller Campdelacreu.

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