De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del "Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de Junio, regulador, entre otras materias, de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles", por remisión del artículo 63 del mismo Real Decreto-Ley, se hace público que con fecha 23 de julio de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de "91 Loype, S.L." (Sociedad Escindida) aprobó por unanimidad la escisión parcial financiera mediante la cual la Sociedad Escindida escindirá la parte de su patrimonio social, consistente en la totalidad de las participaciones representativas del capital de "Altagar Berria, S.L.U." (Sociedad de nueva creación) y transmisión en bloque y por sucesión universal a la propia "Altagar Berria, S.L.U." (Sociedad de nueva creación), subrogándose en todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, todo ello de conformidad con el proyecto de escisión parcial financiera suscrito por el órgano de administración en fecha 17 de junio de 2025.
Al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial financiera por decisión unánime de todos los socios, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por Ley, ni el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el Proyecto de modificación estructural. Tampoco es exigible informe de experto independiente por haberse acordado por decisión unánime de todos los socios y, además, tratarse de sociedades de responsabilidad limitada.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad participante en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión parcial financiera. Igualmente se hace constar los derechos que asisten a los acreedores, contemplados en el artículo 13 del "Real Decreto-ley 5/2023" a ejercitar durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del citado acuerdo de escisión parcial financiera.
Bilbao (Bizkaia), 24 de julio de 2025.- Administrador Único, Pedro Ignacio Altamira Echave.
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