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Documento BORME-C-2025-4330

FORMIGONS MONTCAU, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 5406 a 5407 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2025-4330

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 304 y ss. del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante, la LSC), se comunica que la Junta Genera Extraordinaria de la mercantil Formigons Montcau, S.A. (en adelante, la Sociedad), celebrada el día 1 de junio de 2025, en el domicilio social, válidamente constituida por estar presentes socios que representan el 100% del capital social con derecho a voto, aprobó, entre otros asuntos contenidos en el orden del día, por unanimidad, las siguientes propuestas de acuerdos formuladas por el órgano de administración:

A) La reducción del capital social de la Sociedad en un importe de 31.553,13 euros, mediante la amortización de las 1.050 acciones propias en autocartera, de 30,0506 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 a la 1.050 ambas inclusive lo que representa un valor nominal total de 31.553,13 euros; y

B) De forma simultánea, el aumento del capital social de la Sociedad en la suma de treinta y un mil quinientos cincuenta y tres euros con trece céntimos (31.553,13 €), mediante la creación de 1.050 nuevas acciones de 30,0506 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1.051 a la 2100, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, sin prima de emisión, y totalmente liberadas con cargo a reservas disponibles, en especial a la cuenta contable 113 de conformidad con último balance cerrado y aprobado de fecha 31 de diciembre de 2023.

Este aumento se efectúa en virtud del artículo 303 de la Ley de Sociedades de Capital, y tiene como finalidad restablecer el capital mínimo legal exigido a las sociedades anónimas.

La eficacia del acuerdo de reducción queda condicionada a la ejecución del acuerdo de aumento de capital. Dejando a salvo lo anterior, con motivo de la reducción de capital acordada, se procederá, a partir de la fecha de celebración de la Junta General, a repartir a todos los socios el importe que les corresponda en concepto de devolución de aportaciones por amortización de sus acciones sociales.

Con motivo de la ejecución de la Operación Acordeón, el socio único actual tiene derecho a asumir un número de acciones sociales de la Sociedad proporcional al valor nominal de las que posean con anterioridad a la ejecución de la Operación Acordeón (artículo 304 LSC). Delegación de facultades en el órgano de administración

Finalmente, se pone de manifiesto que la Junta General de socios ha acordado facultar expresamente al órgano de administración de la Sociedad para, tras constatar la realidad de las aportaciones y en todo aquello que no haya quedado ya previsto por la Junta General: (i) declarar el aumento de capital asumido y desembolsado y, por tanto, cerrado, y con ello, la Operación Acordeón en su conjunto, todo ello de acuerdo con el proceso descrito anteriormente; (ii) dar nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales para adaptarlo a la nueva cifra de capital social y número de acciones resultantes; y (iii) otorgar cualesquiera documentos públicos y/o privados sean necesarios a fin de dar efectividad plena a los anteriores acuerdos y realizar cuantas gestiones sean precisas para la inscripción de los mismos en el Registro Mercantil, siempre dentro de los límites legales establecidos.

Sabadell, 2 de julio de 2025.- La Administradora única, Raquel Prat Bescompta.

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