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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que el socio único de Accumin Intelligence, S.L.U., constituido en Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de dicha sociedad el día 16 de julio de 2025 ha acordado la fusión y absorción de Uda Real Estate Data, S.L.U.
Dicha operación de fusión se aprobó con las menciones recogidas en el proyecto común de fusión, de fecha 3 de abril de 2025, redactado y suscrito por el Administrador Único de ambas sociedades. Asimismo, se aprobó el balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2024.
Se trata de una fusión especial entre sociedades gemelas, asimilable a la absorción de sociedades íntegramente participadas, según lo establecido en el artículo 56 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, dado que absorbente y absorbida son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, esta absorción se realiza mediante la integración de todo el patrimonio e implicará la extinción de Uda Real Estate Data, S.L.U., y la transmisión en bloque de su patrimonio social a Accumin Intelligence, S.L.U., la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Este proceso de integración se desarrolla sin ampliación del capital social ni relación de canje, ni en consecuencia intervención de experto. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión. Asimismo, se ha adoptado la decisión de aprobar el acogimiento de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal.
Las operaciones de Uda Real Estate Data, S.L.U., se entenderán realizadas por cuenta de Accumin Intelligence, S.L.U., a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2025.
A los efectos previstos en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los balances respectivos de la fusión.
Madrid, 16 de julio de 2025.- El Administrador Único de las sociedades absorbente y absorbida, Don Manuel Hurtado Hernández.
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