Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BORME-C-2025-4240

TALLER DE EDITORES, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

TURIUM INSTITUTE, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 5295 a 5296 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4240

TEXTO

​De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en lo sucesivo, "LME"), se hace público que la Junta General de Accionistas de "TALLER DE EDITORES, S.A." (la "Sociedad Absorbente"), y ésta última como Socio Único de "TURIUM INSTITUTE, S.L.U." (la "Sociedad Absorbida"), han aprobado por unanimidad, con fecha 8 de julio de 2025, la fusión por absorción por parte de "TALLER DE EDITORES, S.A", como Sociedad Absorbente, de "TURIUM INSTITUTE, S.L.U." como Sociedad Absorbida, con extinción sin liquidación de esta última y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal conforme a los términos y condiciones del Proyecto Común de fusión suscrito, con fecha 28 de mayo de 2025, por los órganos de administración de las sociedades intervinientes (en lo sucesivo, la "Fusión").

En tanto que la Sociedad Absorbente es titular directa de todas las participaciones en​ que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida, la Fusión se ha efectuado de​ conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 de la LME, en​ virtud del cual, no se necesitan los informes de administradores y de expertos​ independientes sobre el proyecto de fusión, ni es necesario el aumento de capital de la​ Sociedad Absorbente, ni la inclusión de las menciones relativas al tipo de canje de las​ participaciones, a las modalidades de entrega de las acciones de la Sociedad Absorbente​ al socio de la Sociedad Absorbida, a la fecha de participación en las ganancias sociales​ de la Sociedad Absorbente o a cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho o a la​ información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de la Sociedad​ Absorbida que se transmite a la Sociedad Absorbente o a las fechas de las cuentas de las​ sociedades que se fusionan.​

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la LME, no procede tampoco el depósito​ previo de los documentos exigidos por la ley, al haberse adoptado el acuerdo por la​ Junta General de Accionistas de la Sociedad Absorbente y por el Socio Único de las​ Sociedad Absorbida en junta universal y por unanimidad de todos los socios. No​ obstante lo anterior, con el objetivo de preservar el derecho de información de los​ trabajadores y sus representantes, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9.2 de​ la LME, los órganos de administración de las sociedades participantes han acordado​ elaborar el informe de administradores en lo relativo a la parte dirigida a los​ trabajadores y sus representantes, con el contenido contemplado en los artículos 5.1 y​ 5.5 de la LME, para su puesta a disposición de aquellos, de acuerdo con el artículo 5.6​ de la LME.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la LME, se hace constar​ expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades​ intervinientes, a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y​ del balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se​ fusionan a oponerse a la Fusión, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de​ publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la LME.

Madrid, 9 de julio de 2025.- Los Administradores Mancomunados de Taller de Editores, S.A. - D. Joaquín Valencia Von Korff, Dña. Ana Delgado Galán, Y El Administrador Único de Turium Institute, S.L.U. - Taller de Editores, S.A., representado por Dña. Samary Fernández Feito.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid