Content not available in English
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME") se hace público que el Accionista Único de Araiz Suminitros Eléctricos, S.A.U. (Sociedad Escindida) y Socio Único de Aralina Inversiones, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria), ejerciendo las competencias de la Junta General de ambas sociedades acordó con fecha 9 de julio de 2025, la escisión parcial de Araiz Suministros Eléctricos, S.A.U., que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social a favor de la sociedad Aralina Inversiones, S.L.U., quien adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
El acuerdo de escisión parcial ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión Parcial - a excepción de la parte dedicada a los trabajadores-, dado que el acuerdo de escisión ha sido aprobado por unanimidad en junta universal por el socio común de ambas sociedades, siendo de aplicación los artículos 10 y 71 LME.
Como consecuencia de la escisión parcial, la Sociedad Escindida ha reducido sus reservas voluntarias de forma proporcional y en el importe necesario en correlación con el patrimonio escindido, no siendo necesaria la reducción de su capital social por mantener tras la escisión un patrimonio en valor más que suficiente como para garantizar la integridad del capital social.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo13 LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Zaragoza, 9 de julio de 2025.- La Administradora única de ambas sociedades, La entidad Sumi 3 Gestión, S.L, Representada por Doña Esther Araiz Ara.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid