De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, el RDL 5/2023), se hace público que, el día 27 de junio de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de Cofares Servicios a la Farmacia, S.A. (la Sociedad Absorbente), ha aprobado la fusión por absorción de su sociedad íntegramente participada Cofares Tecnologías Digitales, S.L.U. (la Sociedad Absorbida) mediante transmisión a título universal del patrimonio a la Sociedad Absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la Sociedad Absorbida.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 del RDL 5/2023; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de fusión; (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.
Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General Extraordinaria y Universal de Cofares Servicios a la Farmacia, S.A. (Sociedad Absorbente), de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del RDL 5/2023, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por el RDL 5/2023. No obstante, se hace constar que se ha cumplido con la obligación prevista de información a los trabajadores sobre el objeto y alcance de la fusión proyectada y se ha tomado en consideración el informe de los administradores sobre los efectos que pudiera tener la operación sobre el empleo de conformidad con lo previsto en el artículo 5.5 del RDL 5/2023.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio y aún no hayan vencido en este momento, disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 del RDL 5/2023.
Madrid, 27 de junio de 2025.- El Presidente del Consejo de Administración de Cofares Servicios a la Farmacia, S.A. (Sociedad Absorbente) y el Presidente del Consejo de Administración de Cofares Tecnologías Digitales, S.L.U. (Sociedad Absorbida), Rubén Palomo Martín (Sociedad Absorbente) y Miguel Ángel Poblet González (Sociedad Absorbida).
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