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De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 (en adelante, el "RDL"), se hace público que la Junta General de la mercantil Comisariado Español Marítimo, S.A., (Sociedad Segregada) Socia única de Comisariado Español Marítimo Servicios de Peritaje, S.L. (Sociedad Beneficiaria) ha aprobado en fecha 19 de junio de 2025, la escisión parcial por segregación de Comisariado Español Marítimo, S.A., en favor de Comisariado Español Marítimo Servicios de Peritaje, S.L., en los términos establecidos en el Proyecto Común de Segregación de la sociedad Comisariado Español Marítimo, S.A., como Sociedad Segregada a favor de la sociedad Comisariado Español Marítimo Servicios de Peritaje, S.L., como sociedad beneficiaria, de fecha 24 de marzo de 2025.
A través de la Segregación proyectada, Comisariado Español Marítimo, S.A., traspasará en bloque, sin extinguirse, una unidad económica, consistente en la actividad del Negocio de Peritaje a la sociedad íntegramente participada Comisariado Español Marítimo Servicios de Peritaje, S.L. En consecuencia, la Segregación y escisión parcial se ejecutan de conformidad con lo establecido en los artículos 71 y 53 del RDL (por remisión del artículo 56 del RDL); todo ello de conformidad con el artículo 63 del RDL.
A efectos de lo establecido en el artículo 10 del RDL, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de segregación y escisión parcial, así como los derechos reconocidos a los acreedores de las sociedades en los artículos 13 y 70 del RDL.
Madrid, 26 de junio de 2025.- La Consejera Delegada de Comisariado Español Marítimo, S.A. (Sociedad Segregada) y Administradora única de Comisariado Español Marítimo Servicios de Peritaje, S.L. (Sociedad Beneficiaria), Rocío Lamet Gil-Olarte.
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