Está Vd. en

Documento BORME-C-2025-3931

GLOBAL OMNIUM MEDIOAMBIENTE, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

ARAGONESA DE SERVICIOS PUBLICOS, S.L.U.

VANAGUA, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 4924 a 4924 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-3931

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, entre otros de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante "RDLME"), se hace público que, las Sociedades "Global Omnium Medioambiente, S.L." (en adelante la "Sociedad Absorbente"), "Aragonesa de Servicios Públicos, S.L.U" y "Vanagua, S.L.U" (en adelante las "Sociedades Absorbidas"), en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias y Universales de fecha 27 de junio de 2025, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción mediante la cual la "Sociedad Absorbente", adquiere la totalidad del patrimonio de las "Sociedades Absorbidas", por sucesión y a título universal, de todos los derechos y obligaciones integrantes de estas últimas, que quedarán disueltas, sin liquidación.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión, regulado en el artículo 9 del RDLME conforme al proyecto común de fusión suscrito por los miembros de los órganos de administración de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, de fecha 15 de mayo de 2025 y con base en los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2024 de las sociedades participes, igualmente aprobados.

Al ser la sociedad absorbente titular de forma directa de todas las participaciones sociales de las sociedades absorbidas, nos encontramos ante una fusión llevada a cabo por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 del RDLME.

Asimismo, de conformidad con el artículo 9 del RDLME, dado que la fusión fue aprobada por cada una de las sociedades participantes en Junta Universal y por unanimidad de todos sus socios con derecho a voto, el acuerdo puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de RDLME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores y trabajadores de las sociedades participes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas. Los acreedores de cada una de las sociedades disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 del RDLME.

Valencia, 27 de junio de 2025.- Eugenio Calabuig Gimeno, Administrador Único de Aragonesa de Servicios Públicos, S.L.U. y la Secretaria no Consejera del Consejo de Administración de Global Omnium Medioambiente, S.L. y de Vanagua, S.L.U, Isabel Caturla Rubio.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid