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Documento BORME-C-2025-3820

GIL ALFONSO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 4783 a 4783 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-3820

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (Real Decreto-ley 5/2023), se hace público que, el día 24 de junio de 2025 y en el domicilio social sito en Navalcaballo (Soria), Polígono Industrial de Navalcaballo, Parcela 4 se celebró junta general extraordinaria de accionistas de la Sociedad con el carácter de universal, por asistir a la misma presente la totalidad del capital social y aceptarlo así la totalidad de los asistentes, habiéndose adoptado la decisión de transformar Gil Alfonso S.A. en una sociedad de responsabilidad limitada, de manera que, una vez devenga eficaz la transformación pasará a denominarse "Gil Alfonso, S.L.". En el marco de la transformación, la junta general extraordinaria universal ha aprobado asimismo el Proyecto de Transformación de fecha 30 de abril de 2025 y el balance de transformación auditado por los auditores de cuentas de la sociedad Arl Auditores S.L. cerrado a fecha 31 de diciembre de 2024, el informe sobre variaciones patrimoniales significativas acaecidas con posterioridad al balance de transformación, los nuevos estatutos sociales adaptados al nuevo tipo social de Gil Alfonso S.L., el cese de los Administradores Solidarios de la Sociedad que se transforma y nombramiento de Administradores Solidarios de la Sociedad de Responsabilidad Limitada resultante de la transformación, la anulación e inutilización de los títulos y resguardos provisionales representativos de las acciones y la adjudicación de las participaciones sociales a los socios, siendo el valor nominal de las participaciones igual al de las antiguas acciones. Asimismo, se ha dejado constancia de que no hay socios ni titulares de acciones sin voto que non hayan votado a favor del acuerdo que tienen derecho a enajenar sus acciones a la sociedad o a los socios o terceros que ésta proponga a cambio de una compensación en efectivo adecuada, lo que se señala a los efectos del artículo 24 del Real Decreto-ley 5/2023, así como que la Sociedad S.A. que se transforma no tiene obligacionistas ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones y que se ha cumplido con la obligación de información a los socios.

De conformidad con los artículos 5.8 y 9.1 del Real Decreto-ley 5/2023, el acuerdo de transformación se ha adoptado sin necesidad de informe de administradores ni de publicaciones previas a dicho acuerdo social, al haber sido una decisión de la junta general extraordinaria universal adoptada por unanimidad y tratarse de una trasformación interna. No obstante, los trabajadores de la Sociedad han sido debidamente informados mediante comunicación individual y a través de su representante conforme a la normativa laboral aplicable.

Por último, se hace constar expresamente el derecho que asiste tanto a los socios como a los acreedores de Gil Alfonso, S.A. de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como del balance de transformación y demás información sobre la transformación de Gil Alfonso, S.A. de acuerdo con lo recogido en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023.

Navalcaballo, 24 de junio de 2025.- Administradora Solidaria, Miriam Gil Martinez.

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