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Documento BORME-C-2025-3799

ADEVINTA INFORMATION SERVICES , S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

ADEVINTA CROSS, S.L.U.

ADEVINTA PRODUCTS & TECHNOLOGY, S.L.U.

ADEVINTA IBERICA, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 4755 a 4755 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-3799

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre la transposición de directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), y el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (la "LSC") se hace público que el socio único de Adevinta Cross, S.L.U. ("Adevinta Cross") y de Adevinta Products & Technology, S.L.U. ("APT") e, indirectamente, socio único de Adevinta Information Services, S.L.U. ("AIS") y de Adevinta Iberica, S.L.U. ("Adevinta Iberica") ha aprobado, con fecha 26 de junio de 2025, la fusión por absorción de Adevinta Cross, APT y Adevinta Iberica, como sociedades absorbidas, por parte de AIS, como sociedad absorbente, manteniéndose como denominación social la de la sociedad absorbente y resultante de la fusión, esto es, AIS (la "Fusión").

Con carácter previo a la aprobación del acuerdo de Fusión, el socio único aprobó los correspondientes balances de fusión y el proyecto común de fusión, redactado y suscrito por todos los administradores de cada una de las sociedades participantes en la Fusión el día 23 de mayo de 2025 (el "Proyecto Común de Fusión").

Se pone de manifiesto que el acuerdo de Fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, por haberse adoptado mediante decisión del socio único, consignada en acta, de conformidad con el artículo 9 de la LME y artículo 15 LSC.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la Fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de Fusión y de los respectivos balances.

En Barcelona, 26 de junio de 2025.- D. Tim Thiele y Dña. Julia Gual Casademont, en su calidad de administradores mancomunados de Adevinta Information Services, S.L.U., de Adevinta Products & Technology, S.L.U., de Adevinta Iberica, S.L.U. y de Adevinta Cross, S.L.U.

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