De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDL 5/2023")-La Ley-, se hace público que la junta general extraordinaria de socios de ELECTRICAS ELECMETAL S.L.U (la "Sociedad Absorbente"), y la junta general extraordinaria de socios de CIMELEC MONTAJES ELECTRICOS, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), celebradas ambas con el carácter de juntas universales con fecha 09 de junio de 2025, han aprobado por unanimidad, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión, redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 03 de junio de 2025.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida.
Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General Extraordinaria y Universal de ambas sociedades, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y de los Balances de fusión.
Lo anterior se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes conforme a lo dispuesto en el RDL 5/2023 para el ejercicio de los derechos que legalmente les correspondan, indicando que se ha puesto previamente a su disposición todos los documentos exigidos en el artículo 46 de la Ley
Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados Primero, Segundo y Tercero del artículo 13.1 de la Ley
Albacete, 18 de junio de 2025.- Administradores unicos, Electricas Elecmetal SLU, DªConsuelo Gonzalez Olmedo, Cimelec Montajes Electricos SLU D.Ismael Garcia Gonzalez.
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