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Con arreglo a lo previsto en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que el 9 de junio de 2025, el socio único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, titular de la totalidad de las participaciones sociales de ambas sociedades, ha aprobado la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente.
La fusión se realiza conforme al procedimiento unánime regulado en el artículo 9 LME que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida con fecha 9 de junio de 2025. De conformidad con lo establecido en dicho artículo 9 LME el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, y, en este caso, sobre el informe destinado a los trabajadores, habida cuenta de que ninguna de las sociedades intervinientes en la fusión tiene empleados.
Según se dispone en el artículo 10.1 LME, asiste a los acreedores y al socio único de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1.º, 2.º y 3.º LME en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 9 de junio de 2025.- El Secretario del Consejo de Administración de Simcoe Titan, S.L.U., y el Secretario del Consejo de Administración de Kerinate, S.L.U., Miguel Liria Plañiol.
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