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Documento BORME-C-2025-3647

AGROGAIA & CAMPO JALON, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

CAMPO JALON, S.L.U.

(SOCEIDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 117, páginas 4565 a 4565 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-3647

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/ 2023,de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace público que, el día 18 de junio de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de Agrogaia & Campo Jalón, S.L. (Sociedad Absorbente), ha aprobado la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de su sociedad íntegramente participada Campo Jalón, S.L.U. (Sociedad Absorbida).

La fusión se realiza conforme al procedimiento unánime regulado en el artículo 9 RDL 5/2023, que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las Sociedades Participantes con fecha 14 de mayo de 2025.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por las Junta General de las Sociedad Absorbida.

Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General Extraordinaria y Universal de Agrogaia & Campo Jalón S.L. (Sociedad Absorbente), de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y de los Balances de fusión.

Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la Ley.

Zaragoza, 18 de junio de 2025.- Administradores Solidarios de la Sociedad Absorbida y de la Sociedad Absorbente, Agustín Polo Gomez y Daniel Morata Cebrian.

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