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Documento BORME-C-2025-3587

ARTESANÍA CHOPO, S.L.

(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)

RUEVELJA REAL STATE, S.L.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 115, páginas 4493 a 4493 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-3587

TEXTO

Por acuerdo del Socio Único de Artesanía Chopo, S.L. (en adelante, la "Sociedad Escindida"), adoptado el 30 de abril de 2025, se ha aprobado la escisión parcial de la Sociedad Escindida. Esta operación se realiza de conformidad con el RDL 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

La escisión parcial implica el traspaso en bloque de una parte del patrimonio de Artesanía Chopo, S.L., consistente en una unidad económica diferenciada de explotación y promoción inmobiliaria, a una sociedad beneficiaria de nueva creación, denominada Ruevelja Real State, S.L. (en adelante, la "Sociedad Beneficiaria"). La finalidad principal de esta operación es la reorganización de Artesanía Chopo, S.L., permitiendo la separación de su negocio inmobiliario para una gestión más eficiente y especializada.

Tras la escisión, la Sociedad Escindida, Artesanía Chopo, S.L., no se extinguirá y continuará con su actividad principal de venta al por mayor y detalle de artículos de papelería, librería y minerales, así como el comercio al por mayor de camisería, lencería, mercería, manualidades y géneros de punto.

Las participaciones de la Sociedad Beneficiaria, Ruevelja Real State, S.L., serán recibidas a partes iguales por los socios actuales de Artesanía Chopo, S.L.: Dado que los socios de la sociedad escindida son los únicos que recibirán las participaciones de la sociedad beneficiaria de nueva creación, y de conformidad con el artículo 71 del RDL 5/2023, de 28 de junio, no serán necesarios informes de administradores ni de expertos independientes sobre la escisión, así como tampoco el balance de escisión.

Se informa a los acreedores de Artesanía Chopo, S.L. que, de conformidad con el artículo 44 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, disponen de un plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de este anuncio para oponerse a la escisión. Para ejercer este derecho, los acreedores deberán dirigirse al domicilio social de Artesanía Chopo, S.L. en Polígono Industrial Cobo Calleja, calle León 3, Fuenlabrada, Madrid.

Cumpliendo el Art. 10.1 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado.

Fuenlabrada, 11 de junio de 2025.- El administrador único de Artesanía Chopo, S.L, Ignacio Rueda Ubillos.

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