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Documento BORME-C-2025-3585

SUCESORES DE BATISTE ORQUIN, S.L.U (SOCIEDAD ABSORBENTE)

BATISTE ORQUIN, S.L (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 115, páginas 4491 a 4491 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-3585

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, 10, 53 y 56 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que con fecha 11 de junio de 2025, los socios de SUCESORES DE BATISTE ORQUIN, S.L.U., (la "Sociedad Absorbente") y de BATISTE ORQUIN, S.L., (la "Sociedad Absorbida"), han decidido aprobar la fusión por absorción en los términos establecidos en el proyecto común de fusión formulado y firmado por los correspondientes órganos de administración de las sociedades implicadas, que no ha sido preciso depositar en el Registro Mercantil, con transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, subrogándose esta última en todos los derechos, obligaciones y contratos de la primera, y con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.

De conformidad con el artículo 56 LME, en la medida en que la Sociedad Absorbida es titular de todas las participaciones de la Sociedad Absorbente, son de aplicación los requisitos establecidos en el artículo 53 LME. Asimismo, de conformidad con el artículo 9 LME, la fusión se ha aprobado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y, sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, a los acreedores y trabajadores de cada una de las sociedades implicadas, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a disposición en el domicilio social de las mismas.

Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades implicadas cuentan con el régimen de protección establecido en el artículo 13 LME.

Villajoyosa, 16 de junio de 2025.- Administrador Solidario, Jaime Orquin Llinares.

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