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De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio ("RDLME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de "NC Automobils, S.L.U." (Sociedad Absorbente), celebrada con carácter Universal el día 10 de junio de 2025, adoptó el acuerdo unánime de Fusión por Absorción de la sociedad "Nielsen Cars Vila, S.L.U."(Sociedad Absorbida).
La Fusión supone la absorción de la sociedad "Nielsen Cars Vila, S.L.U." por parte de la Sociedad "NC Automobils, S.L.U.", con la extinción, mediante su disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida "Nielsen Cars Vila, S.L.U." y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la Sociedad Absorbente "NC Automobils, S.L.U.", que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión y los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2024.
Se trata de una fusión especial, sometida al régimen de los artículos 9 y 53.1 del RDLME, dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de la todas las participaciones sociales de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de Socios de la Sociedad Absorbida.
Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General Extraordinaria y Universal de "NC Automobils, S.L.U.", de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del RDLME, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y de los Balances de fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1 del RDLME y a oponerse a la fusión en los términos previstos en el Real Decreto-ley 5/2023.
Santa Oliva (Tarragona), 10 de junio de 2025.- El administrador único de NC Automobils, S.L.U. y de Nielsen Cars Vila, S.L.U, Alberto I. Subirats Martínez.
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