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Documento BORME-C-2025-3512

SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA ESPECIALISTA EN CALDERAS, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

CENTRO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y MANTENIMIENTOS PROGRAMADOS CATEMANP, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 112, páginas 4410 a 4410 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-3512

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, el "RDL"), se hace público que, en fecha 10 de junio de 2025, el Accionista Único de Servicio de Asistencia Técnica Especialista en Calderas, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente") y el Socio Único de Centro de Asistencia Técnica y Mantenimientos Programados Catemanp, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") (la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida, conjuntamente, las "Sociedades Participantes"), aprobaron la fusión por absorción de Centro de Asistencia Técnica y Mantenimientos Programados Catemanp, S.L.U. por parte de Servicio de Asistencia Técnica Especialista en Calderas, S.A.U., adquiriendo esta última por sucesión universal el patrimonio de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá sin liquidación.

La operación de fusión se aprobó conforme al proyecto común de fusión suscrito por los Consejos de administración de las Sociedades Participantes en fecha 31 de marzo de 2025 y se realiza de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 del RDL por remisión del artículo 56 del mismo texto legal, al tratarse de una operación de fusión en la que las Sociedades Participantes están íntegramente participadas de forma directa por el mismo Socio/Accionista Único.

Asimismo, se hace constar que, a los efectos legales oportunos, antes de la consignación de las decisiones del Socio/Accionista Único, se ha puesto a disposición de los trabajadores de las Sociedades Participantes la documentación prevista en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos 5 y 46 del RDL, incluyendo el Informe del Órgano de Administración y el Proyecto de Fusión.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RDL, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las Sociedades Participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el respectivo balance de fusión.

Asimismo, se hace constar el derecho de protección previsto en los artículos 13 y 14 del RDL que asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbida cuyos créditos hubieran nacido con anterioridad a la presente publicación y que aún no hubieran vencido.

Por último, se hace constar a efectos del mencionado artículo 10 del RDL, la carencia de página web corporativa de las Sociedades Participantes.

En Madrid, 10 de junio de 2025.- Presidente del Consejo de Administración de Servicio de Asistencia Técnica Especialista en Calderas, S.A.U. y Centro de Asistencia Técnica y Mantenimientos Programados Catemanp, S.L.U, D. Gorka Barañano Gabiña.

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