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Documento BORME-C-2025-3357

VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

VALORIZA ECO, S.L.U.

VALORIZA NEO, S.L.U.

HIDROANDALUZA, S.A.U.

EUROCOMERCIAL, S.A.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 107, páginas 4221 a 4221 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-3357

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio de transposición, entre otras, de la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que la junta general universal ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Valoriza Servicios Medioambientales, S.A. (la "Sociedad Absorbente") aprobó el 2 de junio de 2025 su fusión, mediante la absorción de las sociedades Valoriza Eco, S.L.U., Valoriza Neo, S.L.U., Hidroandaluza, S.A.U. y Eurocomercial, S.A.U. (las "Sociedades Absorbidas") por parte de la Sociedad Absorbente con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y el traspaso en bloque de todos sus patrimonios a la Sociedad Absorbente.

En la medida en que las Sociedades Absorbidas están íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad Absorbente y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por unanimidad y en junta universal de accionistas de la Sociedad Absorbente, la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 53.1 de la LME. En consecuencia, no es necesario publicar ni depositar previamente los documentos exigidos por la ley, si bien el proyecto común de fusión y toda la información exigida por la LME ha sido puesta a disposición de los socios, accionistas y de los trabajadores o de sus representantes con la antelación suficiente en el domicilio social de las sociedades participantes en la fusión, junto con la restante documentación prevista en los artículos 5 y 46 de la LME, y de conformidad con el artículo 9.2 de la LME.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la LME, se hace constar expresamente el derecho de los socios y de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión.

Madrid, 5 de junio de 2025.- El Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente, Don Juan Lasala Bernad, Doña María Dionis Trenor, Don Javier San Millán Perezagua, Doña Tessa Elize Hart, Don Alberto Angelo Donzelli, Don Alfonso Gómez-Acebo López y Doña Torborg Margareta Chetkovic.

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