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Documento BORME-C-2025-3295

CEREALTO INDUSTRIAL SPAIN, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

CEREALTO AGÜIMES, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 105, páginas 4151 a 4151 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-3295

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Real Decreto 5/2023 de 28 de junio por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, "RDL 5/2023"), se hace público que el día 30 de mayo de 2025, los socios de Cerealto Industrial Spain, S.A. (Sociedad Absorbente), en ejercicio de las competencias propias de la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios, reunidas en el domicilio social, han aprobado por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad Cerealto Industrial Spain, S.A., (Sociedad Absorbente) con la sociedad Cerealto Agüimes, S.A.U. (Sociedad Absorbida) sobre la base del Proyecto de Fusión de fecha 28 de mayo de 2025.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Habiéndose aprobado asimismo los Balances de fusión de ambas compañías, cerrados a fecha de 31 de diciembre de 2024.

El Acuerdo de Fusión ha sido adoptado, en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios, según prevé el artículo 9 del RDL 5/2023 y el art. 51.3 RDL 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, por lo que no ha sido necesaria la publicación o el depósito previo del Proyecto Común de Fusión, ni del informe de los administradores sobre dicho Proyecto. Se hace constar la puesta a disposición de los socios y trabajadores de la documentación prevista en el artículo 46 del RDL 5/2023.

De conformidad con lo dispuesto en los art. 10 RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las respectivas sociedades a solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión.

Palencia, 30 de mayo de 2025.- El Administrador Único de Cerealto Industrial Spain, S.A. y Cerealto Agüimes, S.A.U.; D. Halil Cem Karakas.

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