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Documento BORME-C-2025-3263

TULIPTABLE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

PUJADES 102, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 104, páginas 4109 a 4109 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-3263

TEXTO

Se hace público que las Juntas Generales universales de los socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 30 de mayo de 2025, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por parte de "Tuliptable S.L.U" de "Pujades 102, S.L.U.", mediante transmisión a título universal del patrimonio a la Sociedad Absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la Sociedad Absorbida, sin necesidad de aumento del capital social de la Sociedad Absorbente, al ser esta última el único socio y, en consecuencia, titular de todas las participaciones en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por todos los miembros del órgano de administración de las sociedades intervinientes y que, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RDL 5/2023"), no ha sido necesario publicar ni depositar previamente a la adopción del acuerdo.

Se hace constar el derecho que asiste a los a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances aprobados para la operación de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 13 del RDL 5/2023 durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 30 de mayo de 2025.- Administrador Único de Pujades 102, S.L.U. y Tuliptable, S.L.U, Don Samuel Gordon Friend.

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