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De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "RDL"), se hace público que, el día 20 de mayo de 2025, se aprobó por unanimidad por los socios en Junta Universal la fusión por absorción por la entidad Planta Solar Duckworth, S.L ("Sociedad Absorbente") de las sociedades gemelas absorbidas, las sociedades Planta Solar Koronka, S.L.; Planta Solar Gaillard, S.L.; Planta Solar Heilman, S.L.; Planta Solar Journell, S.L.; Planta Solar Linebrink, S.L.; Planta Solar Majewski, S.L.; Planta Solar Fussel, S.L.; Planta Solar Gowdy, S.L.; Planta Solar Foulke, S.L.; y Planta Solar Maddon, S.L. ("Sociedades Gemelas Absorbidas"). El acuerdo de fusión ha sido adoptado por unanimidad conforme al Proyecto Común de Fusión, redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 20 de mayo 2025.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RDL por referencia del artículo 56 del mismo texto legal, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Gemelas Absorbidas están íntegra y directamente participadas por los mismos socios, las mercantiles ASTIA B.V y CROSS RETAIL, S.L. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 del RDL; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por las Juntas Generales de las Sociedades Gemelas Absorbidas, sin perjuicio de que en este caso, sí ha sido aprobada por unanimidad por la Junta Universal de Socios de las Sociedades Gemelas Absorbidas. Habiéndose acordado la fusión por unanimidad por la Junta General Universal de las sociedades Absorbente y Gemelas Absorbidas en fecha 20 de mayo de 2025, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por el RDL.
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Gemelas Absorbidas a la Sociedad Absorbente y la extinción de las Sociedades Absorbidas. Se aprobaron por unanimidad los respectivos Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2024, y las operaciones de las Sociedades Gemelas Absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente, a partir del 1 de enero de 2025.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y de los Balances de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1.º, 2.º y 3.º del artículo 13.1 del RDL. Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y en su caso, de sus representantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del RDL, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden. Esta fusión no tendrá implicación alguna sobre el empleo.
Madrid, 22 de mayo de 2025.- Don Richard Wicke representante persona física de Cross Retail, S.L., Administrador Único de las sociedades absorbente y absorbidas.
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