En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria,, de Accionistas de la mercantil "PEÑAGAR, S.A." (en adelante, la "Compañía"), en la reunión celebrada con carácter universal en fecha 16 de mayo de 2025, ha aprobado por unanimidad, entre otros, (i) el acuerdo de transformación de la Compañía en Sociedad de Responsabilidad Limitada, girando en lo sucesivo bajo la denominación de "PEÑAGAR, S.L.", y (ii) el balance de transformación (cerrado en fecha 31 de diciembre de 2024), haciendo mención expresa a la dispensa de la obligación de auditar el referido balance, todo ello, en los términos y condiciones expuestos en el Proyecto de Transformación, suscrito y formulado por el los Administradores Solidarios de la Compañía en fecha 17 de febrero de 2025.
A los efectos oportunos, se hace constar que, en la referida Junta General también se acordó la aprobación de los nuevos Estatutos Sociales, adecuados a su nueva forma social, que incluyen, entre otras, la modificación de la denominación social por la anteriormente indicada; la anulación de las acciones nominativas y la asignación de las participaciones sociales a los socios de la Sociedad de Responsabilidad Limitada resultante, siendo el valor nominal de las participaciones igual al de las antiguas acciones; y la determinación del órgano de administración y mantenimiento de la designación en el cargo de los Administradores Solidarios de la Compañía.
Asimismo, se deja constancia de que se depositó el Proyecto de Transformación en el Registro Mercantil de Barcelona y fue publicado en fecha de 8 de abril de 2025 en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el anuncio por el que se informaba a los accionistas y a los propios trabajadores por no disponer la Compañía de representación legal de los trabajadores, de que podían presentar a la Compañía, a más tardar cinco (5) días laborables antes de la fecha de celebración de la Junta General que aprobara la transformación, observaciones relativas al Proyecto de Transformación.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto-Ley 5/2023, se deja constancia de que el acuerdo de transformación se ha adoptado, prescindiendo del Informe del Órgano de Administración, por encontrarse el mismo Órgano de Administración exento de la elaboración de dicho informe de conformidad con las manifestaciones incorporadas en el mismo Proyecto de Transformación y encontrando fundamento legal la dispensa, en los artículos 9.1 y 21.3 del Real Decreto-Ley 5/2023.
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 del RDL 5/2023, se deja constancia de que no existen titulares de derechos especiales distintos de las acciones.
Finalmente, y, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar, expresamente, el derecho de los accionistas y acreedores de la Compañía a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el balance de transformación aprobado.
El acuerdo de transformación de la Compañía en Sociedad de Responsabilidad Limitada será publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y en uno de los diarios de mayor difusión en la provincia del domicilio social de la Compañía, este último inciso, por no disponer la misma de página web inscrita.
En Barcelona (Cataluña), 16 de mayo de 2025.- D. Ángel García Peña y Dña. Paloma García Peña, En su condición de Administradores Solidarios de Peñagar, S.A.
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